SEGURIDAD DE LA CIRCULACIÓN

En un accidente de tráfico es muy importante socorrer, los más rápido que se pueda, a los implicados en un accidente. Esta rápida actuación por parte del resto de los usuarios de la vía, reduce el porcentaje de víctimas en las primeras horas e incluso llega a salvar vidas.

El Reglamento de Circulación lo indica explícitamente en su Artículo 129 (Obligaciones de auxilio): "Los conductores y demás usuarios de las vías que se vean implicados en un accidente de tráfico están obligados a adoptar las medidas necesarias para auxiliar o solicitar auxilio para atender a las víctimas, si las hubiere, prestar su colaboración para evitar mayores peligros o daños, restablecer, en la medida de lo posible, la seguridad de la circulación, esclarecer los hechos y colaborar con la Autoridad o sus Agentes".

¿Qué medidas son las que hay que adoptar? En esta entrada vamos a explicar esas medidas pero en relación con la seguridad de la circulación.

EN RELACIÓN CON LA SEGURIDAD DE LA CIRCULACIÓN


  • CONDUCTORES NO IMPLICADOS. En el caso de un conductor que no esté implicado en el accidente, debe detener su vehículo en un lugar seguro sin que perjudique a la circulación. Si fuera posible situando el vehículo fuera de la calzada y de la parte transitable del arcén, en caso de existir. Todo ello, cumpliendo con las normas de estacionamiento, si fuera posible. Una vez hecho esto, apagar el motor, inmovilizar el vehículo y cortar el encendido.
  • CONDUCTORES IMPLICADOS. El conductor o conductores implicados en el accidente de circulación o, en su defecto, si éstos no pueden hacerlo, cualquier usuario de la vía, esté implicado o no en el accidente se encargará de cortar el encendido de todos los vehículos implicados en dicho accidente y señalizar correctamente.
  • SEÑALIZACIÓN. Encender la señal de emergencia de día como de noche. Si por las circunstancias meteorológicas o ambientales, o porque en el lugar es obligatorio su uso, encender las luces de posición.
  • PRESEÑALIZACIÓN DEL PELIGRO. Colocar los dispositivos de preseñalización de peligro (triángulos) siempre que las condiciones de la circulación lo permitan. Tales dispositivos se colocarán con el vértice hacia arriba, uno por delante y otro por detrás del vehículo o su carga, salvo que la calzada sea de sentido único o de más de tres carriles donde se colocará uno en la parte posterior. El triángulo se pondrá a cincuenta metros de distancia, como mínimo, y visible a cien metros.
  • VEHÍCULO Y CARGA FUERA DE LA VÍA. Colocar vehículo o la carga fuera de la calzada, excepto que de no realizar dicha operación se perjudique la seguridad, tanto de los heridos como de la circulación. Tampoco se deberá mover nada en caso de que existan víctimas mortales. Por el hecho de evitar modificar el estado de las cosas y de las huellas así como de otras pruebas que puedan determinar la responsabilidad.
  • INVASIÓN DE LA CALZADA. En la medida de lo posible no invadir la calzada. Pero si ello fuera inevitable, hacerlo con la máxima seguridad. Para ello, debe de circular con el chaleco reflectante de alta visibilidad. Tener presente que los chalecos tienen periodo de caducidad.
Todo lo indicado anteriormente se resume en la primera palabra de la Regla de Seguridad P.A.S — Proteger. Socorrer. Avisar—.

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